octubre 5, 2024

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Yohsio Avila

Tribunal Electoral multa a Yoshio Ávila con 10 mil pesos por utilizar imágenes de menores durante su campaña

Chilpancingo, a 22 de agosto 2024. – El Tribunal Electoral del Estado (TEE) multó con 10 mil pesos al ex candidato de Movimiento Ciudadano (MC) a la presidencia municipal de Acapulco, Yoshio Ávila González, por el uso indebido de imágenes de menores con fines de propaganda electoral.

El órgano jurisdiccional resolvió el Procedimiento Especial Sancionador integrado con motivo de la queja presentada ente el TEE por Ramona Morales Guerrero, representante de Morena ante el Consejo Distrital Electoral 4 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), en contra de Ávila González, por el presunto uso indebido de imágenes de niñas y niños con fines de propaganda electoral.

El proyecto, aprobado por unanimidad, presentado por la ponencia de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, propuso declarar la existencia de la conducta infractora.

En su queja, Morena argumentó que Ávila Gómez publicó imágenes acompañado de niñas y niños con fines de propaganda electoral, en su perfil de la red social Facebook, lo cual considera la vulneración a las reglas de propaganda política o electoral en detrimento del interés superior de la niñez.

El TEE acreditó la existencia de la propaganda electoral, “dado que las publicaciones denunciadas contienen expresiones que revelan la intención de llamar a votar” por Ávila González, para el cargo de presidente municipal.

Se advierte que el ahora ex candidato no presentó el consentimiento de los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela de las y los menores, así como tampoco difuminó, ocultó o hizo irreconocible la imagen o cualquier otro dato que hace identificable a los niños y las niñas o adolescentes, esto es, no salvaguardó su imagen.

“Estimando que el denunciado incumplió con su obligación constitucional, convencional y legal de salvaguardar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, que aparecieron en las imágenes alojadas en las publicaciones denunciadas”, indica la resolución.

Por unanimidad de votos, se declaró la existencia de las infracciones atribuidas a Ávila González, consistente en la inobservancia de los requisitos que debe cumplir la propaganda de campaña, por la inclusión de niños, niñas y adolescentes en detrimento del interés superior de la niñez, por lo que se le impuso una sanción de multa de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que equivalente a 10 mil 857 mil pesos.