Chilpancingo. 19 abril 2024. La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría, revocó el acuerdo del Consejo General del INE en el que determinó el registro de la fórmula a la candidatura de mayoría relativa al Senado de la República por Movimiento Ciudadano (MC) en Guerrero, los ex priístas Mario Moreno Arcos y Gabriela Bernal Reséndiz.
Al resolver el recurso SCM-RAP-18/2024 y acumulado, se concluyó que, del cúmulo de indicios allegados al expediente, se consideró la existencia de datos objetivos que justifican la necesidad de que la autoridad administrativa electoral despliegue un mayor cercioramiento, respecto de la autoadscripción que las candidaturas impugnadas dijeron ostentar en nombre de la comunidad afromexicana, quienes no les reconocen ese carácter.
Por lo anterior, se explicó que para hacer efectivo el derecho colectivo de representación política del Pueblo Afromexicano; y, al existir elementos objetivos adicionales que deben ser valorados a la luz de la autoadscripción simple manifestada por las candidaturas controvertidas, lo procedente era revocar el acuerdo controvertido en lo que fue materia de impugnación.
Ello, para que la autoridad responsable valore los datos precisados en la sentencia, y en su caso determine si logran derrotar la presunción que opera en favor de la autoadscripción manifestada por las candidaturas controvertidas; esto a fin de dotar de efectividad la postulación bajo dicha acción afirmativa, de tal forma que sean representadas por medio de personas que efectivamente pertenezcan a ese colectivo.
El magistrado en funciones Luis Enrique Rivero Carrera emitió un voto particular, al sostener su propuesta, en la que se explicó que el acuerdo del INE está firme y es categórico al establecer que solo se requiere la autoadscripción sim
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