octubre 6, 2024

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Tribunal Electoral

Rechaza Tribunal solicitud de Morena de recuento de votos en San Luis Acatlán

Chilpancingo, agosto 14, 2024.- El Tribunal Electoral del Estado (TEE) rechazó la solicitud de Morena para recontar los votos en la elección de ayuntamiento de San Luis Acatlán.

En su sesión del martes, el TEE resolvió el juicio de Inconformidad 025, relacionado con la solicitud de Morena del recuento total en la elección de dicho ayuntamiento, petición que se formuló a través de su representante en el Distrito Electoral 28.

En el proyecto presentado por la ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, se propuso declarar improcedente dicha solicitud, derivado de la pretensión de Morena, consistente en que el TEE realice la apertura de los paquetes electorales de todas las casillas instaladas para la elección del ayuntamiento de San Luis Acatlán, teniendo como sustento para dicha petición, que el Consejo Distrital Electoral 28 se negó a realizarlo.

Y se explica que, para ordenar el recuento solicitado, es necesario que se actualicen los supuestos y requisitos previstos en los artículos 72 y 74 de la Ley de Medios de Impugnación; siendo que, en el presente caso, no se cumplieron en su totalidad, además de que no se cumple con los medios de prueba existentes y no se actualizan los requisitos previstos en la Ley de Medios de Impugnación.

El 6 de junio, la autoridad responsable efectuó recuento parcial, respecto de 34 casillas, por presentar diversas irregularidades; sin embargo, Morena no realizó manifestación alguna en el sentido de que el referido recuento, hubiera incumplido con las formalidades del procedimiento señalado.

De igual forma, no se cumple con el requisito de la fracción II, del numeral referido, porque entre el primero y segundo lugar, no existe una diferencia de votación menor o igual al 0.5%; si no que en el caso que nos ocupa, la diferencia entre el primero y segundo lugar, son 608 votos, cantidad que representa el 3.22% de la votación total, es decir, una cantidad mayor al porcentaje previsto por la norma para la procedencia del recuento.

Por unanimidad de votos, se declaró la improcedencia de la solicitud de recuento total de votos de la elección del ayuntamiento municipal de San Luís Acatlán.