públicos, la penalidad se duplicará.
Además, este delito se perseguirá a petición de la parte ofendida, salvo que exista la participación de servidores públicos, en cuyo caso será de oficio.
Asimismo, se suprime el vocablo “reiteradamente” en los delitos de hostigamiento sexual y acoso sexual, porque se considera que el molestar en una sola ocasión no resta la gravedad a la conducta, ya que el hecho que una mujer haya sido asediada con fines lascivos una sola vez, es suficiente para que le haya generado un daño o perjuicio físico, emocional, psicológico o económico a la víctima del delito.
La diputada promovente Leticia Mosso Hernández razonó su voto a favor del dictamen de reforma al Código Penal del Estado en materia de acoso sexual callejero, manifestando su agrado porque la LXIII Legislatura sigue legislando para garantizar la seguridad de las mujeres guerrerenses.
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